Se trata de la primera norma a nivel nacional que regula esta materia, y lo hace desde una doble perspectiva, jurídico-pública y jurídico-privada.
En materia de arrendamientos, introduce reformas de enorme calado que afectan fundamentalmente al precio de las viviendas que se alquilen, la duración de los contratos y la futura recuperación de la vivienda por el arrendador.
Desde el punto de vista procesal, la norma introduce reformas sustanciales que modifican los juicios de desahucio y otros procesos de recuperación posesoria o al régimen jurídico de la ejecución hipotecaria.
Algunas de las reformas que afectan a los contratos de alquiler se aplican desde el momento de entrada en vigor de la Ley, pero otros precisan de la aprobación de otras normas posteriores para su aplicación práctica. Ello, unido a la falta de precisión en muchos de sus conceptos y a la discusión en torno a su respeto al reparto constitucional de competencias entre Estado y CCAA, rodea de incertidumbre la aplicación de la Ley.
Todos estos aspectos son analizados con detalle en este artículo de Alejandro Fuentes-Lojo Rius.
Alejandro Fuentes-Lojo Rius
Abogado, profesor, y uno de los mayores expertos en materia de vivienda de nuestro país.